¿Por qué dejamos la Declaración para el final? «Es puro desconocimiento y miedo por el cargo»
Estamos ya en junio y está a punto de terminar la campaña de la Renta, ¿cómo ayudáis estos últimos días en TaxDown a los contribuyentes a hacer su declaración?
TaxDown consiste en una suscripción anual, de tal forma que nosotros ayudamos a todos nuestros usuarios durante todo el año, aunque es cierto que en la campaña de la renta es cuando más les ayudamos a tramitar su declaración. No solamente a intentar conseguir el máximo ahorro posible, porque aplicamos deducciones que en el borrador automático de Hacienda no figuran, son los contribuyentes quienes proactivamente lo tienen que incluir y adicionalmente nos aseguramos de que la renta se presente bien y sobre todo que se presente en plazo.
¿Todavía hay mucha gente que no ha presentado?
Por estas fechas, el año pasado había presentado aproximadamente el 60% de la población, 25 millones de personas, y por lo tanto todavía queda el 40% restante, así que más o menos unos 15 millones de personas todavía no han presentado su renta.
¿Por qué lo dejamos para el final? ¿Nos da miedo equivocarnos?
Creo que no solamente es que a la gente le dé miedo de equivocarse con la renta y por eso lo van dejando para el final, sino que además hay un mito de que cuando presentas la renta automáticamente cuando te sale a pagar te cargan el cargo, y en realidad da igual que presentes en abril o que presentes el 29 de junio, al filo con el límite, que el cargo siempre te lo van a pasar el 30 de junio. Creo que simplemente es por puro desconocimiento y que les da un poco de miedo el tema del cargo.
Para la gente que nos escuche y tenga inversiones, criptomonedas, etc, ¿qué es lo más importante que deben tener en cuenta a la hora de presentar su declaración?
Para mí creo que el perfil inversor se divide en dos tipos de personas. Por un lado están las personas que usan brokers nacionales, entonces todo eso le sale en su información fiscal, lo que pasa es que solamente le sale el valor de venta. Por ejemplo, si yo he vendido acciones a través de un banco español me va a salir en mi información fiscal el valor de venta por el que yo he vendido esas acciones. Sin embargo somos nosotros quienes tenemos que calcular el FIFO, que significa que las primeras acciones que compramos son las primeras que estamos vendiendo, y somos nosotros quienes proactivamente tenemos que hacer ese cálculo de las acciones e incluirlas en la declaración.
Y luego respecto a los inversores internacionales, que utilizan brokers que no están en España, no sale esta información en datos fiscales, entonces como estamos obligados a tributar por nuestra renta de fuente mundial, siempre que hayamos tenido ventas o hayamos recibido intereses, recibido dividendos, etcétera, los tenemos que incorporar nosotros en el borrador proactivamente pero no salen automáticamente. Entonces tenemos que descargarnos en informe, incluirlo en la casilla y reflejarlo correctamente en línea con el método FIFO.
Y si el año pasado tuvimos pérdidas, ¿podemos compensarlas con las ganancias?
Es un poco complejo entender en términos fiscales, pero básicamente hay dos tipos de rendimientos. Por un lado está cuando has vendido acciones y por otro lado, cuando recibes intereses, dividendos, etc. Entonces las ganancias y pérdidas de acciones o de criptomonedas o de fondos de inversión se compensan entre ellos las ganancias y las pérdidas, y luego compensamos con un 25% de los intereses o dividendos. Y si todavía queda, lo compensamos durante cuatro años, entonces ahora mismo estaríamos compensando las pérdidas que tenemos del año 2020, que son las más antiguas.
¿Qué ocurre si se nos pasa el plazo del 30 de junio y no presentamos a tiempo?
Aquí hay que diferenciar en si la declaración te sale a pagar o te sale a devolver. Si te sale a pagar y presentas después del 30 de junio, tendrás que pagar un interés. El interés es del 1% más del 1% por cada mes transcurrido, entonces si por ejemplo presentamos en julio solamente tendrías que pagar un 1% sobre el importe del resultado.
Y si te sale a devolver, hay una sanción de 100€, lo que pasa es que por pronto pago hay una reducción del 60%, entonces al final se quedaría la sanción en 40€.