Es peligroso porque tendrás que responder con todos tus bienes presentes y futuros

Es peligroso porque tendrás que responder con todos tus bienes presentes y futuros



La compra de una vivienda es una decisión muy importante en nuestra vida, y un hito que no siempre es fácil de conseguir. Entre los múltiples obstáculos que pueden surgir, uno de los más habituales es el elevado conjunto de trámites burocráticos que hay que realizar con el banco a la hora de solicitar la hipoteca.

Cada entidad bancaria tiene sus propias condiciones para decidir si conceden el préstamo hipotecario a la persona que lo solicita. Por ejemplo, algunos bancos pueden demandar, según el perfil del solicitante, un aval de garantía.

Es decir, el banco puede requerir que otra persona responda con su patrimonio para asegurarse de que, en caso de que el prestatario no pueda hacer frente al pago, la persona que le avala lo haga. En esta situación, son los padres quienes, mayoritariamente, deciden avalar a sus hijos para facilitar que puedan acceder a la hipoteca y comprar su vivienda.

¿Cómo avalar a un hijo para que compre su vivienda?

Es aquí donde se plantea una cuestión importante, y es bajo qué figura es más conveniente presentar dicha garantía. María Cristina Clemente, notaria, lo explica detalladamente en un vídeo que ha subido a su cuenta de TikTok.

La notaria explica cuáles son las dos figuras legales entre las que es posible elegir a la hora de actuar como aval de otra persona y las diferencias que hay entre ellas. “Si el banco, para completar tu garantía en tu préstamo hipotecario, pide que también firmen tus padres o tu pareja, mejor que lo hagan como hipotecantes no deudores que como fiadores o avalistas”, explica Clemente.

La diferencia reside en el límite que se fija a la hora de ejercer la responsabilidad en caso de impago del prestatario. Si se firma como fiador, se asume una obligación de pago en la que se responde con todos los bienes presentes y futuros. En cambio, “firmar como hipotecante no deudor no supone asumir ninguna obligación de pago frente al banco”, según comenta la notaria.

Además, en este caso, la responsabilidad se limita solo a un bien concreto, que es el que se hipoteca como garantía. Es decir, no puede verse afectado ningún otro bien que forme parte del patrimonio del hipotecante no deudor, tal y como recuerda en su blog el Consejo General de la Abogacía Española.

Bajo esta figura, los padres podrían ofrecer su casa como garantía de hipoteca para que el banco conceda el préstamo hipotecario a su hijo, pero no se arriesgarían a perder ningún otro bien inmueble o patrimonial.

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¿Es posible cancelar la hipoteca de la vivienda de los padres?

Otro de los aspectos clave que explica la notaria en el vídeo es que, si los padres actúan como hipotecantes no deudores, resulta más fácil cancelar la hipoteca que correspondería al inmueble con el que han completado la garantía. “Como habrá dos bienes hipotecados, el piso que tú compras y el inmueble de tus padres, y hay que hacer distribución de la responsabilidad hipotecaria entre ambos, habrá dos hipotecas, la de tu piso y el de tus padres”, comienza explicando la experta.

Esto implica que, cuando el prestatario haya pagado la cantidad de la hipoteca equivalente a la cantidad de la que responde la vivienda de sus padres, puede solicitar la cancelación de dicha hipoteca.

Es decir, cuando se haya amortizado la parte por la que el hipotecante no deudor responde con su propio inmueble, la hipoteca correspondiente a dicho inmueble se podría cancelar. Y, de esa forma, quedaría liberado de la obligación antes de que el prestatario terminase de pagar todo el préstamo de su hipoteca.  





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