SEPE y bancos confirman la fecha de pago de las prestaciones por desempleo en julio de 2025
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y los principales bancos han confirmado las fechas de pago de las prestaciones por desempleo para el mes de julio de 2025. Como viene siendo habitual, los desempleados que cobran tanto el paro como el subsidio por desempleo se hacen la misma pregunta ¿Cuándo se cobra el paro?
La normativa establece que las prestaciones es pagan a partir del día 10 de cada mes, aunque hay bancos que adelantan la fecha de cobro, como por ejemplo banco Santander, que será de los primeros en abonar las prestaciones por desempleo en el mes de julio.
Estas son las fechas de cobro del paro y el subsidio de los principales bancos
Las fechas de cobro del paro y subsidio en el mes de julio de 2025 son las siguientes:
- Openbank: 4 de julio.
- Banco Santander: 3 o 4 de julio.
- Cajamar: 10 de julio.
- Caixabank: 10 de julio.
- Imaginbank: 10 de julio.
- Unicaja: 9 de julio.
- BBVA: 9 de julio.
- EvoBank: 10 de julio.
- Abanca: 9 de julio.
- ING: 10 de julio.
- Ibercaja: 9 de julio.
- Cajasur: 10 de julio.
- Banco Sabadell: 9 de julio.
- Bankinter: 10 de julio.
- Caja Siete: 7 de julio.
- Banco Mediolanum: 4 de julio.
- N26: 10 de julio.
- Caja de ingenieros: 7 de julio.
- Cajas Rurales: debido a que en cada provincia hay una Caja Rural distinta, estas tendrán diferentes días de pago, aunque la mayoría realizan el pago a partir del 9 de julio.
En julio se paga el paro correspondiente de junio
Es importante mencionar que las prestaciones se pagan a mes vencido, por lo que el pago que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) realiza en el mes de julio, corresponde al abono de las prestaciones generadas en el mes de junio.
Te pueden quitar la prestación por rechazar realizar un curso de formación del SEPE
Los meses de julio y agosto suelen convocarse nuevos cursos de formación gestionados por los servicios públicos de empleo. Si eres beneficiario de una prestación, debes saber que entre las obligaciones está la de no rechazar actividades de formación.
Rechazar un curso del SEPE puede significar la suspensión de la prestación por desempleo. Aunque hay ciertas ‘excusas’ por las que podrás rechazar un curso del SEPE y no ser sancionado con la suspensión de la prestación.













