Puigdemont no podrá volver en un año a España sin riesgo de ser detenido


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El registro de la Ley de Amnistía en el Congreso está muy lejos de significar que Carles Puigdemont tenga las puertas abiertas para regresar a España de modo inminente, sin riesgo de ser detenido. Muy al contrario, existe unanimidad entre los juristas consultados por elEconomista.es sobre la carrera de obstáculos (sobre todo en el Senado, cuyo reglamento ya ha reformado el PP) que afrontará el texto legal antes de llegar al BOE.

Solo la tramitación parlamentaria requerirá «como mínimo seis meses y, casi con toda seguridad, un año«, de acuerdo con esos expertos. Estos últimos ponen también en tela de juicio que, posteriormente, se cumpla el plazo de dos meses para que los jueces hagan efectivas las exoneraciones para cada uno de los más de 300 encausados, incluido Puigdemont. Durante todo ese tiempo, el expresidente catalán fugado tendrá que mantenerse a distancia.

Sin la mencionada publicación en el BOE, la amnistía es por completo inoperativa y todas las acciones legales emprendidas contra el procés mantienen su plena vigencia. Sirva como ejemplo la celebración, este viernes, del juicio en el Tribunal de Cuentas por el desvío de fondos públicos para la promoción exterior del independentismo. «Ya hay sala reservada para iniciar el proceso», confirmaban ayer desde la propia institución.

Y lo cierto es que apenas está iniciado el camino hacia el Boletín Oficial, un periplo que en circunstancias normales, ateniéndose a los procedimientos de urgencia, el Congreso podría despachar en diez semanas. En este caso, por el contrario, el proceso se enfrenta a numerosos vericuetos.

Cuando Pedro Sánchez suba hoy a la tribuna del Congreso, la Ley de Amnistía ni siquiera habrá sido evaluada por la Mesa de la Cámara Baja. Todo apunta a que el inicio de ese trámite, de carácter ineludible, esperará a la semana próxima y la mayoría del PSOE y Sumar asegura su aprobación, aunque los cuatro integrantes del PP en la Mesa podrían ya solicitar «reconsideraciones» y dilatar los tiempos.

Resulta aún posible que, a mediados de diciembre, se pudiera convocar un Pleno en el que el Congreso decidirá tomar en consideración la norma. A partir de ahí se abre el plazo para la presentación de enmiendas, parciales o a la totalidad. Estas últimas requerirán un debate en otro Pleno específico, después del cual se creará una ponencia sobre la nueva ley, encargada de elaborar un informe en el que se incluirán las enmiendas parciales.

Aún se necesitarán varias semanas más dado que, tras la fase de ponencia, se conformará una comisión que debatirá la norma (artículo por artículo), de la que tendrá que salir un dictamen que será el documento que se someta a la aprobación definitiva del Congreso. Y aquí es donde entra en juego el Senado, dominado por la mayoría absoluta del PP.

El principal obstáculo

A priori la Cámara Alta no puede vetar la amnistía y, según el procedimiento de urgencia parlamentario, tendría un plazo máximo de 20 días para pronunciarse sobre la ley que le remitió el Congreso. Desde este martes, sin embargo, la situación, es muy diferente.

Ahora, la Mesa del Senado está facultada para decidir si se somete a los plazos del procedimiento de urgencia o si, por el contrario, opta por la tramitación ordinaria. En este último caso, la amnistía a los encausados por el procés quedaría dormida dos meses en la Cámara Alta lo que, sumado a los tiempos que requieren los procedimientos antes citados, retrasarían la aprobación definitiva al otoño de 2024.

Posteriormente, está por verse si los jueces que decidirán, caso por caso, sobre la situación de Puigdemont y los demás encausados se pronunciarán en los dos meses que el PSOE y los secesionistas quieren imponerles. Es cierto que el pacto con Junts establece que los magistrados no podrán ampararse en posible consultas al Constitucional o al Tribunal de la UE para dilatar sus fallos. Ahora bien, los expertos consultados creen que el límite de dos meses «no será factible en la práctica.

En www.eleconomista.es

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