PERMISOS RETRIBUIDOS | Tres permisos retribuidos que seguramente no conocías: estos son los requisitos para disfrutarlos
Muchos trabajadores en España conocen los permisos retribuidos más habituales, como los días libres por matrimonio, fallecimiento de un familiar o nacimiento de un hijo. Sin embargo, existen otros derechos laborales menos conocidos pero igualmente válidos, que pueden suponer un alivio en determinadas situaciones personales o sociales. El abogado laboralista Juanma Lorente, a través de su canal de TikTok, ha explicado tres permisos que mucha gente desconoce y que podrían beneficiarte sin que te descuenten salario.
Permiso retribuido por mudanza
Cambiarse de casa implica una gran carga de trabajo y logística. Por ello, el Estatuto de los Trabajadores establece que tienes derecho a un día de permiso retribuido si te mudas de domicilio habitual. Este día debe coincidir con la fecha del traslado y no puede ser descontado del salario. Es decir, puedes faltar al trabajo ese día y seguir cobrando tu jornada con normalidad.
Lorente recuerda que algunos convenios colectivos amplían este permiso hasta dos o incluso tres días, especialmente si la mudanza se realiza entre provincias o implica desplazamiento a larga distancia. Por eso, insiste en que es importante revisar el convenio de tu empresa, ya que podrías estar perdiendo días libres por simple desconocimiento.
Permiso para votar en elecciones
Cuando se celebran elecciones generales, autonómicas o municipales, todos los ciudadanos tienen el derecho y el deber de votar. Pero, ¿qué ocurre si el horario laboral coincide con el horario de votación? La ley contempla esta situación y establece que la empresa debe facilitar hasta 4 horas libres retribuidas para que los trabajadores puedan acudir a las urnas.
Este permiso aplica únicamente si no puedes votar fuera del horario de trabajo, por ejemplo, si tu jornada ocupa todo el horario de apertura de los colegios electorales. Además, la empresa puede organizar turnos para garantizar que no falten todos los empleados a la vez, pero en ningún caso puede descontarte el día ni obligarte a recuperar esas horas.
Ausencias por inclemencias climáticas
Este permiso no está recogido literalmente como tal en el Estatuto de los Trabajadores, pero existen situaciones extraordinarias donde el sentido común y la jurisprudencia laboral se imponen. Si no puedes acudir al trabajo por causas extremas como nevadas, lluvias torrenciales, cierre de carreteras o suspensión del transporte público, el día no debería ser descontado automáticamente de tu nómina.
En estos casos, el abogado señala que lo más importante es comunicarlo a la empresa lo antes posible y justificar la situación con pruebas (avisos de la DGT, partes meteorológicos, fotos del estado de la vía, etc.). Muchas veces, se puede llegar a soluciones razonables como el teletrabajo, compensación de horas o simplemente justificar la ausencia como permiso retribuido excepcional.
Estos tres ejemplos son una muestra de que muchos trabajadores no están aprovechando los derechos que les corresponden por ley, simplemente por desconocimiento o por miedo a pedirlos. Según Juanma Lorente, “conocer estos permisos puede marcar la diferencia entre una jornada perdida y un derecho reconocido”.
También señala que los permisos retribuidos son obligatorios para la empresa, lo que significa que no pueden negarse sin razón justificada. Eso sí, es fundamental avisar con antelación siempre que sea posible y aportar la documentación necesaria para acreditar el motivo del permiso.
Consulta tu convenio colectivo
Además de lo que establece el Estatuto de los Trabajadores, cada sector o empresa puede tener mejoras recogidas en su convenio colectivo. Por ejemplo, hay convenios donde se reconocen días libres retribuidos por exámenes académicos, deberes públicos, acompañamiento de hijos al médico o incluso gestiones bancarias urgentes.
Por eso, una recomendación clave es que solicites una copia de tu convenio o lo busques online (están disponibles en el BOE) y lo revises con atención. Puedes estar perdiendo derechos por no leer la letra pequeña.












