OCU critica los topes reducidos en las cantidades para transferencias inmediatas
La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha expresado su preocupación porque diversas entidades bancarias imponen topes «injustificadamente bajos» en las transferencias inmediatas, limitando así «la plena utilización de este servicio» por parte de los consumidores, tal como refiere un comunicado de la entidad.
Según el Reglamento europeo 2024/886, es obligatorio que todas las entidades bancarias implementen las transferencias inmediatas antes del 9 de octubre de 2025, permitiendo así transacciones monetarias en segundos, disponibles todos los días del año, incluidos los festivos. Adicionalmente, a partir de esa fecha, los costes de estas no deben superar a los de las transferencias convencionales.
La OCU ha destacado que, aunque la normativa establece un tope legal de hasta 100.000 euros por operación, ciertos bancos establecen límites mucho menores, como 700 o 1.000 euros. Específicamente, Caja de Ingenieros restringe a 700 euros por transacción, mientras que BBVA y Bankinter lo hacen hasta 1.000 euros.
Desde la OCU, se insta a definir criterios técnicos claros sobre los límites máximos en las transferencias inmediatas para evitar que sean excesivos y desmotiven su uso. Asimismo, la organización demanda que los límites sean «transparentes», ajustables por el usuario y justificados únicamente por razones de seguridad.
La organización recalca que el propósito de la normativa europea es promover los pagos inmediatos bajo las mismas condiciones que las transferencias ordinarias. Sin embargo, los límites reducidos actuales constituyen un obstáculo significativo, obligando a los usuarios a realizar pagos fraccionados o a optar por transferencias normales que pueden demorar hasta dos días.














