MERCADO LABORAL | Los tres permisos retribuidos que muchos trabajadores desconocen en España: casi nadie conoce el último
Puedes faltar al trabajo con sueldo garantizado por mudanza, ir a votar o incluso durante una dana. Te explicamos cómo son estos derechos laborales.
El derecho a ausentarse sin perder salario. La mayoría de trabajadores en España conoce permisos retribuidos habituales como el de matrimonio, el de fallecimiento de un familiar o el de hospitalización de un allegado. Sin embargo, el Estatuto de los Trabajadores incluye otros menos conocidos que resultan igualmente útiles y que, en ocasiones, pueden marcar la diferencia entre la conciliación y el estrés laboral.
En un vídeo difundido en sus redes sociales, el abogado laboralista Juanma Lorente recordaba tres de ellos que, al menos alguno, han sorprendido a miles de personas: la mudanza, el ejercicio del derecho al voto y el permiso por emergencia meteorológica. Todos tienen un elemento en común: garantizan el salario y no pueden ser negados por la empresa.
Un día para mudarse: derecho garantizado
Cambiar de domicilio suele ser sinónimo de caos logístico. Lo que muchos desconocen es que el Estatuto reconoce un día retribuido para poder realizar la mudanza. Este derecho, recogido en el artículo 37, implica que el trabajador puede ausentarse de su puesto y mantener el salario íntegro. Además, algunos convenios colectivos amplían ese plazo, lo que da mayor flexibilidad en un momento especialmente exigente.
Votar también es un permiso laboral
El segundo permiso retribuido sorprende aún más. «Tienes derecho a un permiso retribuido para ir a votar… la empresa no te debe poner ningún problema, y te debe pagar ese tiempo como si lo hubieses trabajado», recuerda Lorente. La norma establece que si un trabajador tiene jornada durante el día de las elecciones, puede ausentarse el tiempo indispensable para acudir al colegio electoral. Se trata de una medida que garantiza la participación democrática sin penalización económica.
Emergencias climáticas: hasta cuatro días de ausencia retribuida
El más reciente y llamativo de estos permisos está directamente ligado a la crisis climática. En 2024 se aprobó un nuevo derecho que permite al trabajador ausentarse hasta cuatro días retribuidos, prorrogables, en caso de fenómenos meteorológicos extremos. Situaciones como las danas, inundaciones o alertas oficiales de protección civil habilitan este permiso, siempre que el desplazamiento ponga en riesgo la integridad del empleado.
En caso de prolongarse más allá de esos días, las empresas pueden recurrir a medidas excepcionales como los ERTE por fuerza mayor, según la normativa aprobada por el Gobierno.
Un marco más amplio de licencias
Estos permisos se suman a un abanico de derechos ya consolidados: quince días por matrimonio o registro de pareja de hecho, hasta cinco días por enfermedad grave o hospitalización de familiares, y permisos para acudir a exámenes prenatales o procesos de adopción, entre otros.
Según datos de la Encuesta de Población Activa (EPA), publicada por el INE, España alcanzó en el segundo trimestre de 2024 los 21,6 millones de ocupados, la cifra más alta de la historia. En este contexto, expertos y sindicatos como UGT y CCOO subrayan que garantizar licencias retribuidas no es solo una cuestión de derechos individuales, sino también de calidad en el empleo y de bienestar social.
Unos derechos para conocer y ejercer
El marco legal laboral en España se ha ido adaptando a nuevas realidades sociales y económicas. La aparición del permiso climático es buena muestra de ello: el cambio en el mercado de trabajo no solo pasa por la digitalización o la reducción del paro, sino también por nuevas fórmulas que protejan la seguridad de los trabajadores.
Conocer estos permisos —mudanza, voto y emergencias climáticas— es clave para no renunciar a derechos que ya existen. Como recuerda Lorente, «la empresa debe pagarte ese tiempo como si lo hubieses trabajado». Una advertencia que conviene tener presente: lo que no se reclama, muchas veces, se pierde.












