¿Me pueden despedir si acepto entrevistas de trabajo de rivales? JP Morgan lo hará en EEUU

¿Me pueden despedir si acepto entrevistas de trabajo de rivales? JP Morgan lo hará en EEUU



JP Morgan ha prohibido a sus analistas júniors asistir a entrevistas de trabajo de otras firmas de la competencia en Estados Unidos (EEUU). A través de una carta, el banco ha advertido a los empleados recién contratados que, si aceptan ofertas de empleo a futuro en bancos rivales dentro de los 18 meses posteriores al inicio de su programa de analistas, serán despedidos de la compañía.

Según informaba el Financial Times el pasado jueves 5 de junio, el cambio de política dirigido a los nuevos empleados, que comenzarán el programa de formación de analistas del banco en EEUU a finales de este verano, es la última escalada en la batalla de uno de los grandes bancos de Wall Street con las firmas de capital privado por el talento junior.

«Si acepta un puesto a futuro en otra empresa antes de unirse a nosotros o dentro de los primeros 18 meses, se le notificará y su empleo en la empresa finalizará«, expresaban en la carta los codirectores bancarios globales Filippo Gori y John Simmons.

La carta de JP Morgan marca un endurecimiento de la postura del banco contra las tácticas de reclutamiento de las empresas de capital privado y enfrenta al banco estadounidense con algunos de sus clientes más importantes. «Para tener éxito en el programa de analista de banca de inversión, su plena atención y participación son esenciales».

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De esta forma, con la excusa de «plena atención», el banco de EEUU amenaza con despidos si acudes a entrevistas de trabajo de otras firmas, pero, ¿me pueden prohibir en España acudir a entrevistas para ofertas de empleo en empresas de la competencia?

Por mucho que JP Morgan lo pretenda hacer en EEUU, aquí no hay cabida. Según la legislación laboral vigente, «en España no podría llevarse a cabo la extinción del contrato de ninguna persona trabajadora por esa causa», asegura Jordi Diosdado, director en el área laboral de Ceca Magán. En sus palabras, las causas de despido se encuentran reguladas en el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores y en los convenios colectivos de aplicación a cada una de las empresas o sectores, sin que la realización de entrevistas de trabajo para una empresa competidora estuviera prevista como causa de despido.

«La decisión de despedir a una persona por el hecho de acudir a una entrevista de trabajo, más allá de no constituir causa de despido, se podría llegar a alegar que es una vulneración del artículo 35 de la Constitución Española que establece «el derecho a trabajar ya la libre elección de profesión u oficio«, entendiéndose dentro del mismo la libre elección de puesto de trabajo y empresa», explica Diosdado.

«La decisión de despedir a una persona por el hecho de acudir a una entrevista, es una vulneración del artículo 35 de la Constitución»

Si bien la figura que más se podría aproximar a la decisión de JP Mogan sería la del despido por «competencia desleal«, tampoco sería el caso. Para llevar a cabo esto sería necesario que la empresa pudiera demostrar que el empleado está trabajando para esa empresa, realizando tareas similares a las que desarrolla en la entidad para la que está empleada y, además, que se está generando un perjuicio real a la misma. Por tanto, «el simple hecho de acudir a una entrevista de trabajo no se consideraría motivo para despedir».

Ricardo Fontún, socio del área laboral de Selier Abogados, cuenta que hace poco el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en su sentencia de 16.02.2023, enjuició una cuestión así. En este caso, el tribunal concluyó que el realizar una entrevista de trabajo para la competencia «no supone una situación que pueda considerarse como competencia desleal», que debe definirse como «la realización de labores de la misma naturaleza o rama de producción de las que se ejecuta estando en virtud de contrato de trabajo, sin consentimiento del empresario, y siempre que le cause un perjuicio real o potencial».

Foto: Madres e hijos en las entrevistas. (Freepik)

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«El Tribunal tan sólo observa que existe una mera prospección de alternativas laborales futuras que ni siquiera supone una transgresión de la buena fe contractual, incluso pese a que se encontraba de baja médica», dice Fontún.

En el caso de estar en un periodo de formación, beca o prácticas, como es el ejemplo de JP Morgan, está todavía menos permitido. «Si se están haciendo unas prácticas laborales con una beca no existe, en realidad, una relación laboral», comenta Fontún. «Al no existir un contrato de trabajo no es de aplicación el régimen de derechos y obligaciones del convenio colectivo o el Estatuto de los Trabajadores, ni su régimen disciplinario. En esos casos, la empresa y quien se encuentre becado deben estar al cumplimiento de las normas previstas en el convenio de colaboración suscrito con la entidad formadora, pero el propio hecho de realizar una entrevista de trabajo no iría contra las condiciones de las prácticas y su beca«, concluye.

«La legislación española prevé la posibilidad de que empresa y trabajador puedan suscribir un pacto de permanencia»

Diosdado termina explicando que, para proteger este tipo de situaciones, la legislación española prevé la posibilidad de que empresa y trabajador puedan suscribir «un pacto de permanencia» en los términos establecidos en el artículo 21.4 del Estatuto de los Trabajadores. «Dicho artículo permite alcanzar un acuerdo de permanencia de como máximo 2 años en la empresa, cuando la persona trabajadora hubiera recibido una formación a cargo de la empresa. En ese caso, cuando la persona trabajadora decidiera abandonar la empresa antes de la fecha pactada, la empresa podría reclamar una indemnización por daños y perjuicios».

Por tanto, a no ser que se haya alcanzado un acuerdo de permanencia, en ningún caso aceptar una entrevista de trabajo es motivo de despido, ni tampoco hay competencia desleal por parte del empleado. Forma parte del derecho del trabajador en España poder barajar otras opciones de empleo, aunque JP Morgan tenga intención de hacerlo. «Estamos encantados de que te unas a nuestro equipo… ¡Bienvenido a bordo!», acaba su carta…

JP Morgan ha prohibido a sus analistas júniors asistir a entrevistas de trabajo de otras firmas de la competencia en Estados Unidos (EEUU). A través de una carta, el banco ha advertido a los empleados recién contratados que, si aceptan ofertas de empleo a futuro en bancos rivales dentro de los 18 meses posteriores al inicio de su programa de analistas, serán despedidos de la compañía.



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