Laura Lobo, abogada experta en herencias: “No hay que dar por hecho que los sobrinos heredan del tío soltero y sin hijos”
Uno de los malentendidos más comunes en materia de herencias en España tiene que ver con los tíos solteros y sin hijos. En muchas familias se da por hecho que, si una persona muere sin descendencia ni pareja, sus bienes pasarán automáticamente a sus sobrinos. Sin embargo, la abogada Laura Lobo, especialista en derecho sucesorio, ha aclarado en su cuenta de Instagram que esto no siempre es así. En realidad, todo depende de si la persona ha hecho testamento y de su situación familiar concreta.
No siempre los sobrinos heredan
Según explica la abogada, no se puede dar por hecho que los sobrinos heredarán del tío o la tía soltero/a y sin hijos.Esto es un error muy común, sobre todo en familias donde existen lazos estrechos entre tíos y sobrinos. Pero jurídicamente, el parentesco no garantiza la herencia.
Laura Lobo señala que el derecho sucesorio español distingue entre herederos forzosos y herederos voluntarios. Los herederos forzosos (también llamados “legitimarios”) son aquellas personas a las que la ley reserva obligatoriamente una parte de la herencia. En cambio, los sobrinos no son herederos forzosos, sino herederos colaterales, lo que significa que solo heredan si no hay testamento o si el testador no ha dispuesto de sus bienes de otra forma.
Cuando no hay testamento
La abogada explica que, en los casos en que no existe testamento, se aplica lo que se llama sucesión intestada, regulada en el Código Civil. En este tipo de herencia, la ley establece un orden de llamamiento: primero los descendientes (hijos y nietos), luego los ascendientes (padres y abuelos), después el cónyuge, y solo en último lugar los hermanos y sobrinos.
Por tanto, si el tío o tía fallecido tenía padres vivos, los padres heredarían antes que los sobrinos. Y si los padres ya han fallecido, entonces sí, los hermanos del fallecido heredan por partes iguales. En caso de que alguno de esos hermanos también haya muerto, los sobrinos solo heredan en su lugar (por “derecho de representación”).
En resumen, los sobrinos no heredan directamente del tío o tía, sino a través de su padre o madre fallecido, siempre y cuando no exista testamento.
Si hay testamento
La clave, según Laura Lobo, está en entender que cuando una persona no tiene herederos forzosos (ni hijos, ni padres, ni cónyuge), tiene libertad total para decidir el destino de sus bienes. Esto significa que puede dejar su patrimonio a quien quiera, sin obligación alguna hacia sus sobrinos.
En palabras de la abogada: “Si estás soltero, no tienes hijos y tus padres han fallecido, puedes disponer libremente de tu herencia. Puedes dejarle tus bienes a un amigo, a un vecino o incluso a una ONG”.
Por tanto, si el tío o la tía decide redactar un testamento, puede dejar todo a una sola persona o entidad, sin que sus sobrinos tengan ningún derecho legal a reclamar una parte.













