Impuestos altos vs impuestos bajos

Impuestos altos vs impuestos bajos




Lo cierto es que existe una controversia entre los que defienden impuestos bajos y los que defienden que sean altos. Aunque no existe ninguna en reconocer que los impuestos, con la estructura de Ingresos y Gastos, de cualquier Estado, no se pueden erradicar. La carga impositiva en España se sitúa alrededor del 40 % y para algunos lo establecen entorno al 60 %.

Siendo la presión fiscal alrededor del 37 %.

Para establecer cualquier política tributaria, indudablemente, los impuestos se deben discernir entre directos e indirectos. Para ello cabe señalar y tener presente que los impuestos directos gravan en concreto la riqueza en sí misma o su capacidad económica, como por ejemplo en el impuesto de la renta de las personas físicas y en el impuesto de sociedades. Mientras que los impuestos indirectos gravan precisamente, la utilización de esa riqueza o capacidad económica. Hay que decir, sin más dilación de tiempo antes de continuar, que ha quedado ampliamente demostrado, desde hace bastantes décadas, que al reducir la carga impositiva fundamentalmente directa, ha abocado a que el Estado, en la práctica, ingresase más vía tributación. Esto que aún hoy día, algunos vienen negando que se produzca, resulta ser un hecho irrefutable. Y además, ello no sólo sucede en una coyuntura de crecimiento económico, pues en Madrid, durante el crash del 2007, la carga impositiva relacionada estríctamente con esa autonomía se redujo y la recaudación subió, como consta en la historia económica. Obviamente para que esto pueda suceder debe concurrir que ese aumento de la renta disponible sea utilizado y no se quede paralizado sin circulación.

La carga tributaria lógicamente siempre debe ser proporcional a los ingresos. Y de esta manera se contribuya así en sus posibilidades. Por lo que como es norma generalizada deben existir tramos de ingresos de tributación y otros que no tributen, por ser exiguos. Además convendría también que los tramos de ingreso serían lo más concreto al ingreso posible, para que de esta manera sea más justa la contribución al Erario y cada cual contribuye realmente, según sus capacidades.

Aunque se debe reconocer que esto en la práctica resulta ser de muy difícil implemación. Pues las exenciones, posibilidades de elusiones etc. existen y evidentemente permiten que la contribución no llegue a ser progresiva en ocasiones.

Abundando más en los impuestos indirectos, y siendo el impuesto sobre el valor añadido indudablemente el más significativo, El IVA como se le conoce, obviamente al ser un tributo indirecto es tributado tan sólo cuando se realiza alguna transacción económica sujeta a este impuesto. Por lo que son objeto de su carga impositiva los que vienen a realizarlas, solamente.

Ahora bien, lo que es más discutible es el tipo impositivo con el que debe ser gravado. Y esto sin lugar a duda, entra en el Campo de la subjetibilidad. Pues obviamente habrá personas que tengan diferentes puntos de vista en lo relativo a su adecuado nivel de tipos impositivos. Aunque se debe decir que evidentemente este nivel debiera situarse más abajo del que provoque que la Demanda, en lo refente a ese tipo de transacción económica, no haga que su número sea menor, por este hecho tributario. Y por supuesto convendría en harás de no ir en detrimento del poder adquisitivo en lo posible, que hechos impositivos claves para los individuos y que redundan al final también en sus Sociedades, tengan un tipo de impuesto sobre el valor añadido lo menor que sea posible, como por ejemplo los alimentos básicos, hidrocarburos etc..

Se debe tener en cuenta que el IVA apareció de manera generalizada cuando entramos en la Comunidad Europea. Aunque como se debe decir que Europa, permite tener a cada país miembro, el nivel impositivo de este tributo que estime oportuno. Y precisamente por ello, mientras se continúe teniendo esta condición, los gobiernos deberían contemplar la posibilidad de tener los impuestos más bajos posibles. Pues es indiscutible que los Estados tienen que ingresar para poder realizar todo lo necesario para sus respectivas Sociedades.

Aunque resulta obvio que existen múltiples vías para obtener esos ingresos que no son estrictamente a través de vías impositivas.

La Teoría Económica ha demostrado con amplitud, que cuanto menor sea la carga impositiva para los agentes económicos, se puede ingresar más por vía tributaria. Y es irrefutable que cuanto mayor renta disponible tengan éstos, se mejorará lógicamente la asignación óptima de los recursos, lo cual resulta evidente que es mejor para el Estado, los agentes económicos y los integrantes de la Sociedad.



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