Duro Felguera, al borde de la quiebra tras denegar el juez la prórroga del preconcurso
 
Duro Felguera está al borde del abismo. El juez titular del juzgado de lo Mercantil número 3 de Gijón, Rafael Abril Manso, ha denegado a la compañía asturiana de ingeniería la cuarta prórroga del preconcurso de acreedores que la empresa solicitó el pasado martes. Duro no podrá recurrir judicialmente esta denegación.
Esto deja a la centenaria firma en una situación muy complicada, dado que hasta la fecha sólo ha consensuado su plan de reestructuración financiera con la Sociedad Española de Participaciones Industriales (SEPI) y los accionistas de control (Prodi y Mota-Engil México), pero no con la banca acreedora ni diversos proveedores.
En un contundente auto, Abril Manso argumenta su negativa a extender por cuarta vez el preconcurso de Duro. Según el magistrado, la última prórroga, concedida el pasado 1 de septiembre, se concedió bajo el argumento de que sólo se otorgaría un nuevo aplazamiento si se dieran circunstancias «extraordinarias y sobrevenidas». El juez considera que, en el mes transcurrido desde entonces, no se han dado esas circunstancias en el proceso de reflotamiento de Duro, que no ha producido «resultados tangibles ni hitos verificables».
Abril Manso sostiene que el «avance del cierre del plan de reestructuración» esgrimido por la compañía en su última solicitud «no es una circunstancia extraordinaria, sobrevenida ni ajena a la sociedad deudora que justifique una cuarta prórroga», ni tampoco «un avance sustancial». «La falta de información escrita y periódica por parte de Duro Felguera sobre el desarrollo real del proceso negociador constituye una omisión relevante que impide valorar la concurrencia de circunstancias excepcionales», afirma el magistrado.
De hecho, según el juez, ese avance para cerrar el plan de reorganización financiera «es algo que se supone que viene ocurriendo desde que la empresa fue declarada en preconcurso, incluso antes». «Negociar con los acreedores es, precisamente, el objeto de este procedimiento judicial. Que lo estén haciendo y que estén avanzando en determinados ámbitos es lo esperable«, señala el texto.
Es más, Abril Manso advierte de que «lo contrario supondría un auténtico fraude procesal y un engaño a los acreedores, pues implicaría acogerse a un procedimiento legalmente previsto para encuadrar las negociaciones entre deudor y acreedores en sede judicial sin que se evidencie propósito negociador alguno por parte de la deudora».
«El tiempo se agota»
El magistrado va más allá en su apremio a Duro: «Aun suponiendo que las negociaciones han tenido lugar y van avanzando, el reloj y las fechas en el calendario transcurren y el tiempo se agota, no es ilimitado, por lo que esos avances tienen, finalmente, que traducirse en un plan de reestructuración o en la finalización del procedimiento judicial sin alcanzar el plan».
En consecuencia, deduce el juez, las acciones que Duro invoca como avances en la negociación (como las conversaciones con la SEPI, la remisión del plan de reestructuración a los bancos acreedores para su análisis o determinadas desinversiones) «constituyen, en esencia, manifestaciones genéricas de actividad empresarial que, si bien pueden formar parte del contexto de una negociación preconcursal, no alcanzan por sí mismas la entidad jurídica ni la relevancia sustancial exigida para justificar la concesión de una cuarta prórroga».
Para el magistrado, esas acciones esgrimidas por la compañía «en modo alguno pueden considerarse hechos extraordinarios, sobrevenidos o ajenos a la voluntad del deudor» que justifiquen «una prórroga adicional fuera del marco legal ordinario». «La previsibilidad de tales gestiones, su falta de concreción documental y la ausencia de un calendario detallado que permita verificar su evolución y grado de ejecución, impiden calificarlas como ‘avances sustanciales'», sino que, según el auto judicial, son «lógicos y presumibles».
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