Digital Asset y blockchain: reescribiendo el sistema financiero mundial
La reciente Cripto Week, que impulsó el precio de Bitcoin por encima de los $120,000, avivó el entusiasmo inversor tras la aprobación de leyes clave en Estados Unidos como el Genius Act, Clarity Act y la ley de Vigilancia Anti-CBDC. Más allá de estas normativas, es crucial analizar cómo Bitcoin se posiciona en el nuevo orden financiero frente a otros activos digitales como tokens, stablecoins y NFTs.
Los legisladores aún no tienen clara su clasificación: ¿es dinero, security o commodity? La respuesta es ¡NO! Bitcoin no encaja en ninguna de estas categorías. Lo que sí está claro es que representa el primer activo digital nativo, no financiero, en la historia de la humanidad: escaso (máximo 21 millones), transferible, seguro, sin reserva fraccionaria y completamente descentralizado.
¿Qué es lo nuevo y disruptivo en los servicios financieros desde 2009?
Más allá de la unidad monetaria o activo digital nativo que representa Bitcoin, la verdadera innovación radica en el protocolo y la red blockchain descentralizada creada ese año bajo el seudónimo de Satoshi Nakamoto.
El término blockchain surge después del nacimiento de Bitcoin, para describir el conjunto de tecnologías que lo hacen posible: un libro contable público, inmutable y distribuido. Cada nodo de la red valida transacciones, impide el doble gasto y elimina intermediarios, descentralizando el poder. Hasta aquí, todos hemos aprendido esta lección.
Recuerdo una clase magistral del profesor del IE y Digit Institute, Juan Elorduy, quien señala que para entender la evolución del dinero es fundamental reconocer las singularidades y la disrupción que representan Bitcoin y la blockchain 1.0.
La complejidad y aceptación de esta tecnología llegan hasta nuestros días. El experto resalta que el FMI menciona por primera vez a Bitcoin y los crypto assets en 2025, en el Integrated Balance of Payments and International Investment Position Manual. El organismo describe a Bitcoin como un “Electronic Money Token”, subrayando su función como dinero electrónico y el impacto de los activos digitales en la economía moderna.
¿Reconoce así el FMI la evolución del sistema financiero global? Al incluir a Bitcoin en su dialéctica, abre la puerta a que este se convierta en un actor capaz de influir en la economía mundial, las finanzas internacionales y las políticas monetarias.
La paradoja regulatoria: el cambio del lenguaje
Junto a Elorduy, analizo el escenario estadounidense y la reciente Crypto Week. Sorprendentemente, en los documentos de la House Committee on Financial Services no aparece ni una sola vez el término “Crypto Asset”, ni tampoco “Bitcoin” —el principal “Crypto Asset” del mundo—. En cambio, destacan otros términos como “Digital Asset” (31), “Stablecoin” (8), “CBDC” (11) y, por supuesto, “legislation” (22).
Al ver Digital Asset (31) y Crypto Asset (0), ¿podría ser que tenemos cierta ambigüedad con el significado de estos dos términos? “Creo que sí. Hay confusión”, explica el experto. Entramos en la paradoja regulatoria.
Con el avance de marcos normativos como Genius Act, Clarity Act y la Ley de Vigilancia Anti-CBDC en Estados Unidos, surge la duda: ¿estamos dejando atrás el término “cripto”? ¿Se trata de un simple giro semántico o de una omisión estratégica?
La narrativa regulatoria estadounidense ha dado un giro: ahora se habla de “Digital Asset”. Elorduy lo resume de forma clara: “Es una representación digital de valor —como un dólar, un euro, una onza de oro, un barril de petróleo, una entrada de cine o una ficha de casino— que opera sobre una plataforma blockchain”. ¿Podría esta amplitud semántica contribuir a construir un marco legal más sólido y flexible?
Bitcoin, ¿excluido o incluido en la regulación?
“Digital Asset” suena más institucional que “Crypto Asset”, término que aún carga con la sombra de las estafas y la falta de supervisión, explica Cristina Carrascosa, experta en regulación de criptoactivos y fundadora de ATH21. “Hace cinco años todos hablábamos de cripto. Eran los primeros pasos de los mercados secundarios; los conceptos eran técnicos y, además, se asociaban a scams (fraudes). Pero los activos digitales abarcan mucho más.”
Bitcoin, como activo sin contrapartida —es decir, sin entidad emisora detrás— plantea un desafío singular para los reguladores. Su valor depende únicamente de la oferta, la demanda y la confianza colectiva. Sin embargo, su ausencia en el lenguaje oficial durante la Crypto Week ha generado inquietudes.
Y sigo con un rosario de preguntas: ¿puede bitcoin liderar esta transición si el marco legal lo ignora? A pesar de su protagonismo en el mercado, ha sido omitido del debate legislativo. Última lección de Elorduy: esto no es casual. “Bitcoin no encaja fácilmente en ninguna categoría regulatoria. No representa deuda ni participación, y eso incomoda a los reguladores”.
Ante la duda de si la ausencia de bitcoin en el debate legislativo es una omisión estratégica o una forma de exclusión, Carrascosa responde: “Creo que no es ninguna de las dos. Es una señal de inclusión. En las conversaciones para redactar MiCA, bitcoin no se trató por separado del resto de activos, y no creo que EE. UU. deba hacerlo ahora. Bitcoin puede ser (y lo es) distinto en términos de incentivos o como reserva de valor, pero a nivel regulatorio no debería tratarse diferente. Hemos normalizado que, legalmente, comparta espacio con otros activos digitales.”
Aunque el lenguaje regulatorio evoluciona, persisten desafíos estructurales: ambigüedad legal, fragmentación normativa y el dilema de cómo regular lo que nació, precisamente, para no depender de nadie. Tal vez por eso bitcoin —sin ser nombrado, pero omnipresente— continúa como el eje invisible del debate.
Recuerdo entonces las firmes convicciones de Michael Saylor: “Bitcoin es el activo con menor entropía; es decir, el que menos cambia o se degrada con el tiempo en términos de valor o confianza”. Es el oro digital: escaso, resistente a la inflación y limitado. El activo más inmune a la corrupción, gracias a un protocolo transparente y descentralizado.
En contraste, Warren Buffett dijo a su socio Charlie Munger: “Bitcoin es un activo que no produce nada. No genera dividendos, no produce ingresos, no tiene valor productivo. Es una inversión puramente especulativa.”
Del miedo al marco: las leyes que reconfiguran el ecosistema
En este nuevo escenario, Estados Unidos ha dado pasos firmes con tres leyes clave: Genius Act, Clarity Act y la Ley de Vigilancia Anti-CBDC. La primera —la más ambiciosa— obliga a que las stablecoins estén 100% respaldadas por dólares o bonos del Tesoro estadounidense, auditadas periódicamente y con fondos custodiados dentro del país. El objetivo: convertirlas en dinero digital legal, seguro y plenamente trazable. Las stablecoins de la Genius Act no son “cripto” en absoluto. Son la tokenización del dólar.
Los emisores deberán mantener reservas equivalentes al 100% del valor de las stablecoins en circulación. Según un análisis de Standard Chartered, el volumen de stablecoins podría multiplicarse por ocho y alcanzar los 2 billones de dólares, consolidando a Estados Unidos como líder indiscutible de la geopolítica financiera digital.
Carlos Fuenmayor, editor en Citywire especializado en IA, Blockchain y Cripto, asegura que Genius Act y Clarity Act están redefiniendo el tablero de juego para blockchain y las Crypto-IPO. “Genius Act refuerza la supremacía del dólar en la era digital, un mensaje claro frente al euro y el yuan digital. Al mismo tiempo, abre nuevos horizontes para desarrolladores sobre una base legal clara y robusta”.
La Clarity Act, yendo más allá del Howey Test, despeja la gran ambigüedad que hasta ahora ha marcado la clasificación de los activos digitales, al definir con precisión los tokens como “productos digitales” o “valores”. Además, establece una separación clara de competencias: la CFTC regulará los tokens considerados commodities digitales, mientras que la SEC supervisará los clasificados como valores. “Esto puede atraer de nuevo a los desarrolladores de blockchain que se exiliaron a jurisdicciones como Singapur o Suiza”, matiza Fuenmayor.
En este contexto, Carrascosa advierte: “La Clarity Act distingue entre tokens financieros y utilitarios usando un criterio algo peculiar: el nivel de madurez tecnológica. Este depende del grado de descentralización del activo, lo cual no aporta seguridad jurídica, sino que la resta. Actualmente, $ADA (Cardano) sería lo suficientemente maduro como para no considerarse un instrumento financiero, pero ¿por qué $SOL (Solana) no?”. Esta ambigüedad evidencia que aún queda mucho por avanzar en la regulación de los activos digitales.
Europa y EE.UU.: enfoques regulatorios en competencia
Europa asumió el liderazgo regulatorio con MiCA, buscando proteger al consumidor, mientras que los avances legislativos bajo la filosofía “America First” evidencian que la administración estadounidense ha pasado de la desconfianza a la promoción activa de los activos digitales. Es la doctrina Trump en acción: un movimiento hacia la supremacía mundial. Queda por ver quién se resfriará en este tablero geopolítico del poder con los Digital Assets.
EE. UU. avanza en el marco jurídico de los activos digitales, pero rechaza la creación de una moneda digital de banco central. Jerome Powell, presidente de la Reserva Federal, ha sido claro y contundente: “La FED no emitirá una moneda digital de banco central (CBDC)”.
La regulación no debe buscar prohibir o limitar la innovación, sino más bien controlar sus usos y aplicaciones concretas. Eso es precisamente lo que está haciendo Europa, estableciendo un estándar global.
En este sentido, Carrascosa señala: “Si un activo digital se usa como instrumento financiero, debe someterse estrictamente a MiFID. Pero si es un token de utilidad, como los que impulsan incentivos y dinámicas dentro de videojuegos, entonces entra legítimamente bajo el marco de MiCA”. No podemos permitir regulaciones genéricas que asfixien el potencial disruptivo: es necesario regular con inteligencia, diferenciando y protegiendo la innovación real.
¿Veremos más innovación con blockchain?
Al preguntar a una IA ¿cuál es el mejor proyecto blockchain tras Bitcoin? la respuesta más recurrente es Ethereum. Su capacidad para ejecutar contratos inteligentes y aplicaciones descentralizadas (dApps) ha dado lugar a un ecosistema vibrante y en constante evolución. También destacan Solana, Cardano o Polkadot, con propuestas únicas centradas en escalabilidad, interoperabilidad o eficiencia energética.
Pero ¿qué mejora concreta supone blockchain para los ciudadanos del mundo? En esencia, representa un motor de confianza al automatizar procesos, garantizar la trazabilidad y permitir, por ejemplo, la tokenización de activos, reduce fricciones y devuelve control a los usuarios. La promesa de blockchain es la desintermediación en sectores clave como las finanzas, la logística o los registros públicos.
Hoy hablamos de blockchain como una tecnología estructurante: no es solo una innovación técnica, sino una fuerza que está redibujando el mapa financiero global. Andreas Antonopoulos explica que solo las redes abiertas y descentralizadas cumplen verdaderamente con la visión original. Aun así, el camino no está exento de desafíos. Proliferan modelos privados o blockchains públicas con permisos, cuya utilidad dependerá de su capacidad para generar casos de uso reales, sobre todo en el ámbito de las Finanzas Descentralizadas (DeFi).