DERECHOS LABORALES | ¿Te pueden despedir por ser infiel? Un experto en derecho laboral lo aclara
Hace semanas un vídeo viral encendió el debate sobre el despido por ser infiel. Durante un concierto de Coldplay, la conocida ‘kiss cam‘ captó a un CEO de una importante empresa abrazando y abrazando a una mujer que no era su esposa. El detalle que avivó la polémica es que esa mujer resultó ser la directora de Recursos Humanos de la misma compañía. El revuelo mediático fue tal que el directivo terminó presentando su dimisión. Pero, ¿qué pasaría si algo así ocurriera en España?
Según explica el abogado laboralista del canal de TikTok ‘Un Tío Legal’, en nuestro país la legislación es clara: no se puede despedir a un trabajador por el simple hecho de ser infiel o por mantener una relación sentimental con un compañero o un jefe. En España, la vida privada de las personas, incluida su situación sentimental, no es un motivo válido para un despido disciplinario, salvo que la relación afecte directamente al desarrollo del trabajo.
¿Despedido por ser infiel?
El experto detalla que el despido por ser infiel solo podría tener respaldo legal si la relación con un superior o un subordinado derivase en algún tipo de irregularidad, beneficio indebido o discriminación hacia otros trabajadores. Por ejemplo, si se favorece de manera injustificada a la pareja en ascensos, asignación de tareas o condiciones laborales. En ese caso, el problema no sería la infidelidad en sí, sino las consecuencias laborales derivadas de esa relación.
Otro supuesto que sí podría justificar un despido disciplinario es si durante la jornada laboral y fuera del tiempo de descanso, se mantiene una relación sexual o un comportamiento inapropiado con la pareja dentro del lugar de trabajo. Aquí el motivo no sería el despido por ser infiel, sino la falta de dedicación a las funciones laborales y la conducta impropia en el puesto de trabajo. Esto se considera una infracción grave que puede acabar con el contrato de forma procedente.
En cuanto a las políticas internas de empresa, el especialista recuerda que en España no es legal que una compañía prohíba por norma interna las relaciones sentimentales entre empleados. Si una empresa despidiera a alguien únicamente por tener pareja con un compañero o por ser infiel a su cónyuge, se trataría de un despido improcedente. En este caso, la compañía tendría que readmitir al trabajador o indemnizarlo según marca la ley.
Sin embargo, algunas empresas pueden alegar que una conducta personal no se ajusta a sus valores corporativos y, aun así, proceder con la extinción del contrato. En este supuesto seguiríamos hablando de un despido por ser infiel improcedente, pero la compañía pagaría la indemnización correspondiente. Esto es, en la práctica, una forma de “comprar” la salida del trabajador sin un motivo legal sólido.
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