Bizkaia salva en el Supremo 700 millones de recaudación del IVA
El Tribunal Supremo resolvió el pasado 18 de julio el litigio más importante, al menos en cantidad de dinero, que han mantenido el Ministerio de … Hacienda y las diputaciones vascas. La sentencia, a la que ha tenido acceso EL CORREO, analiza el tratamiento de las devoluciones del IVA que corresponden a Coca-Cola, que cuenta con su sede nacional en Madrid, pero cuya planta de la localidad vizcaína de Galdakao es uno de sus principales centros de producción y logística.
El dictamen de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal resuelve los recursos presentados por la Diputación de Bizkaia y por la propia Norbega, la sociedad filial de Coca-Cola ubicada en Euskadi. Y lo hace respaldando el planteamiento de la Hacienda foral, lo que permite la recuperación de 252 millones, que tuvo que abonar por los ejercicios de 2013 a 2016, pero fijando también un criterio sobre las devoluciones del IVA que sirve para los ejercicios siguientes, que podrían ascender a casi 450 millones. Así que el impacto total ronda los 700 millones que se aseguran en la recaudación fijando, además, una interpretación legal que permite mantenerla en el futuro. La sentencia beneficia también a las diputaciones de Gipuzkoa y Álava ya que el IVA es un impuesto sometido a un ajuste de reparto entre las haciendas forales en virtud de su coeficiente de aportación.
El volumen de la operación es el más importante de los que han enfrentado a las administraciones y tenía como último precedente el ‘caso Rover’. Un hecho similar que obligó a la Diputación de Álava a entregar al Estado 435 millones.
Una sentencia desfavorable hubiera supuesto un impacto directa e indirecto sobre las cuentas forales parecido al que representaron las devoluciones de las retenciones mal aplicadas a los mutualistas. Estas ascendieron, en las tres diputaciones, a unos 800 millones y condicionaron la recaudación del pasado año. Fuentes de la Diputación de Bizkaia consultadas por este periódico confirmaron ayer la recepción de la sentencia y han destacado que tiene un calado «que va más allá de lo económico porque supone un reconocimiento de nuestro autogobierno». Además, insistieron, evidencia «las bondades del Concierto, que pone en valor la proximidad de nuestras instituciones».
El origen del choque data de 2013, tras la reorganización de Coca-Cola de su estructura en España. La sede social y matriz del grupo está en Madrid, pero las instalaciones de Norbega en Bizkaia, tras unas importantes inversiones, cobraron un papel destacado. Desde allí se adquirían materias primas, como el jarabe base del refresco que se compraba en Irlanda y otros elementos, como las botellas, que se empleaban después por las otras plantas españolas del holding. La adquisición de todos estos materiales tiene un carácter de operación intracomunitaria, por lo tanto, exenta de IVA. Pero después, cuando la filial vasca las vendía al resto de empresas del grupo, sí se sumaba el IVA, como es preceptivo. Cuando estas sociedades fueron deducirse el pago de ese impuesto en la Agencia Tributaria, saltó el conflicto. La Hacienda del Estado consideró que, siendo todas las empresas del grupo, las adquisiciones del material y su reparto entre las filiales debían anotarse en la sociedad matriz, en Madrid. Ahí es donde debía pagarse y devolverse el IVA.
Realidad empresarial
La Diputación y la empresa defendieron que esa ordenación de las operaciones respondía a una realidad de activos industriales y al papel que cada empresa desempeñaba realmente. La Junta Arbitral del Concierto -órgano administrativo determinado para dirimir estos conflictos- lo desestimó y terminó fallando en julio de 2022 a favor de la Agencia Tributaria por los ejercicios de 2013 a 2016. Bizkaia se vio obligada entonces a pagar 218 millones asumiendo las devoluciones del IVA y recurrió al Supremo. Mientras tanto, el litigio de los ejercicios hasta 2019, que también están en la Junta Arbitral, quedaron a la espera de la sentencia, que fija ya el criterio sobre quién debe hacer las devoluciones del IVA futuras



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