Hacienda recibirá más datos sobre cuentas, Bizum y TPV de los autónomos

Hacienda recibirá más datos sobre cuentas, Bizum y TPV de los autónomos



Hacienda publicó el mes pasado la orden con la que quedan aprobados cuatro nuevos modelos que obligarán a entidades y plataformas a remitir todo tipo de información sobre las cuentas de los autónomos y pymes. Algunas de las novedades más importantes son que Bizum también pasará a estar obligado a enviar todos los datos de los autónomos que usen su plataforma. Y los bancos, en general, deberán enviar más datos sobre los TPV, las cuentas y las tarjetas de los autónomos, y con mayor frecuencia.

Por ejemplo, con los cambios en el Modelo 196, se tendrá que informar a Hacienda de todas las operaciones (entradas o salidas) que ha habido en cada cuenta de forma mensual –y no anual, como ocurría antes–.  O con el Modelo 171 se ofrecerá más información de todas las operaciones que hagan los negocios a través de sus tarjetas cuando superen los 25.000 euros.

Sin embargo, ninguno de estos cambios y novedades están todavía en vigor. Algunos de estos modelos se empezarán a enviar a principios del año que viene, mientras que en otros el plazo de envío a Hacienda arrancará en 2027. 

  1. Entrada en vigor de los modelos para informar sobre Bizum y más datos de las cuentas de los autónomos
  2. Fechas para que los bancos envíen más información sobre tarjetas y propiedades de los autónomos

Entrada en vigor de los modelos para informar sobre Bizum y más datos de las cuentas de los autónomos

Según la orden publicada por Hacienda, los modelos 196 y 170, que aumentarán el control de Hacienda sobre cuentas y envíos por Bizum, entrarán en vigor en enero de 2026 y se empezarán a aplicar en febrero sobre los datos del mes anterior.

Modelo 196:  envío mensual de los datos sobre cuentas de autónomos desde febrero

Este modelo obliga a que las entidades financieras informen mensualmente sobre altas de cuentas y titulares, y anualmente sobre saldos y movimientos relacionados con rendimientos del capital mobiliario derivados de cuentas bancarias.

Con la nueva orden, se han incluido algunas novedades que afectan a este modelo, como por ejemplo que se tendrá que remitir mensualmente una buena parte de la información.

Su aplicación arranca en febrero de 2026. Esto implica que Hacienda recibirá cada mes datos detallados de las cuentas de los negocios, tanto retiros como ingresos y nuevas altas o bajas desde ese momento.

Modelo 170: más datos sobre cobros con tarjeta o Bizum desde febrero

Este modelo exige que se informe mensualmente sobre los cobros realizados mediante cualquier tipo de tarjetas o Bizum que estén vinculados a empresarios o profesionales. Las entidades deben detallar canales, cuentas receptoras y terminales de venta (TPV).

Se aplicará a partir de febrero de 2026 (correspondientes a enero 2026), lo que implica una obligación adicional para que los autónomos queden “transparentes” ante Hacienda respecto a cómo reciben sus pagos. Se incluirán todos los ingresos y envíos a través de Bizum o nuevas plataformas similares.

Fechas para que los bancos envíen más información sobre tarjetas y propiedades de los autónomos

A partir de 2027, los bancos también recibirán nuevos datos sobre otras operaciones a través de tarjetas e incluso las propiedades de los autónomos. Aunque, en este caso, la información se remitirá de forma anual.

Modelo 174: más información desde 2027 sobre operaciones con tarjeta por importe relevante

La reforma del reglamento añade otra obligación informativa relativa a operaciones realizadas con todo tipo de tarjetas por la que se deberán comunicar los abonos, cargos, recargas y retiradas en efectivo y operaciones de gasto en establecimientos totales anuales.

De esta relación quedan excluidas las tarjetas cuyos importes de cargos y de abonos en el año no hayan excedido de 25.000 euros.

La presentación será anual, entre el 1 y 31 de enero posteriores al ejercicio, informando sobre operaciones con tarjeta cuyo importe total de cargos y abonos supere los 25.000  euros al año.

Esto refuerza el control fiscal sobre profesionales o autónomos con volumen elevado en pagos con tarjeta y se aplicará desde enero de 2027 para el ejercicio 2026 

Modelo 181: más información sobre los préstamos, créditos e inmuebles a partir de 2027

El Modelo 181 es una declaración informativa de carácter anual que las entidades financieras, aseguradoras, promotoras y demás operadores deben presentar a la Agencia Tributaria, informando sobre:

  • Préstamos y créditos concedidos a personas físicas o jurídicas.

  • Operaciones financieras vinculadas a inmuebles: adquisiciones, transmisiones, garantías reales, cancelaciones, etcétera.

Esto incluye datos sobre los titulares, importes, fechas, garantías, plazos y vinculación con inmuebles concretos.

Este modelo establece la obligación de declarar anualmente, a partir de enero de 2027, préstamos y créditos recibidos, así como operaciones financieras vinculadas a bienes inmuebles. Aplica a autónomos o empresarios que accedan a financiación o realicen operaciones inmobiliarias en el ejercicio anterior.

La principal novedad no es la creación del modelo en sí (ya existía), sino su modificación estructural profunda y el aumento de los datos exigidos.





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