Condenan a un banco a abonar 19.000 euros a una guitiricense por una estafa
La titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Vilalba condena a una entidad bancaria a abonarle a una joven guitiricense casi 19.000 euros, que les reclamaba tras sufrir una estafa con su tarjeta el verano pasado. La jueza, que estimó íntegramente su demanda, obliga al banco no solo a ingresarle el dinero, sino también a devolverlo con intereses y a asumir todas las costas.
Los hechos se remontan al verano de 2024, concretamente a siete días entre finales de julio y principios de agosto, cuando se realizaron 486 operaciones no autorizadas con la tarjeta de la demandante por un importe total de 34.044,15 euros. De ellos, 15.102,36 euros se reingresan automáticamente por parte de la entidad bancaria supuestamente por restricciones de la tarjeta y 18.941,79 no, «alegando que se había activado Apple Pay mediante un SMS«, explica el letrado de la demandante, el pontés Ignacio Meizoso.
La víctima de la estafa negó rotundamente que eso fuese así y alegó que ni siquiera tiene un dispositivo Apple, ya que el suyo es Android, y demandó al banco por cometer «negligencia grave en la custodia de sus claves». No sabe cómo pudieron hacerlo y cómo consiguieron sus datos y fue imposible determinar de qué forma se produjo la estafa.
486 operaciones no autorizadas en siete días en Cataluña
Todas las operaciones se realizaron en Cataluña, en numerosas localidades de la costa y principalmente en estancos -desconfían de que hacían recargas de tarjetas prepago-, aunque también hay cargos por algún taxi, mientras la afectada se encontraba acabando unos días de vacaciones en Cantabria y disfrutando del Festival de Pardiñas, en su Guitiriz natal, algo que aseveraron varios testigos en el juicio.
El juzgado considera probada la estafa y recuerda que corresponde al banco probar el fraude o la negligencia grave del usuario, y que en este caso no lo hizo.
La resolución de la jueza, además, subraya que el volumen y el patrón de las operaciones eran completamente ajenos al uso habitual de la cuenta por parte de la guitiricense, y que la entidad debió activar sus sistemas de seguridad y alertar a la cliente, cosa que no realizó.
La sentencia se puede recurrir ante la Audiencia Provincial de Lugo.











